Gastos en la compraventa

¿Cuáles son los gastos de la compraventa y quien los paga?

1. Gastos para el Comprador
El comprador suele reservar entre un 10% y 12% adicional al precio de venta para cubrir estos conceptos:
  • Impuestos:
    • Vivienda usada: Se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que en Andalucía es un tipo general del 7%. Existen tipos reducidos (ej. 3,5% para menores de 35 años en viviendas de hasta 150.000 €).
    • Vivienda nueva: Se paga el IVA (10%) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que suele ser del 1,2% en la región.
  • Notaría y Registro: Los aranceles notariales y la inscripción en el Registro de la Propiedad suelen rondar el 0,75% – 1% del valor total.
  • Gestoría: Honorarios por la tramitación de papeles, estimados entre 300 € y 600 €.
  • Honorarios Inmobiliarios: Si compras a través de inmorota sus honorarios son del 3% + IVA (con un mínimo de 3.500 €).
Resumen de tipos ITP en Andalucía 2026
Tipo impositivo Requisito Principal Límite de Valor
7 % Tipo general (cualquier inmueble) Sin límite
6 % Vivienda habitual general Hasta 150.000 €
3,5 % Jóvenes < 35, Violencia de género, Despoblación Hasta 150.000 €
3,5 % Discapacidad o Familia Numerosa Hasta 250.000 €
Reducción al 6 % (General por Vivienda Habitual)
  • Condición de uso: El inmueble debe destinarse a ser la vivienda habitual del adquirente.
  • Límite de valor: El valor del inmueble no debe exceder los 150.000 €.
  • Ahorro: Supone una rebaja de un punto porcentual frente al tipo general del 7 %.
Otras reducciones sociales al 3,5 %Si además de no superar los 150.000 €, el comprador pertenece a ciertos colectivos, el tipo baja aún más hasta el 3,5 %:
  • Jóvenes menores de 35 años: Siempre que la vivienda sea habitual y no supere los 150.000 €.
  • Municipios en riesgo de despoblación: Para compras en 2026 en localidades listadas por la Junta, con el mismo límite de 150.000 €.
  • Víctimas de violencia de género o terrorismo: También con el límite de 150.000 €.
  • Personas con discapacidad (>= 33%) o Familias Numerosas: En estos casos, el límite de valor de la vivienda se amplía hasta los 250.000 € para poder aplicar el tipo del 3,5 %.

2. Gastos para el Vendedor

El vendedor debe afrontar los costes derivados de la ganancia y la titularidad:
  • Plusvalía Municipal: Impuesto que grava el incremento del valor del terreno. Se paga al ayuntamiento correspondiente.
  • IRPF: Si existe una ganancia patrimonial (vendes por más de lo que compraste), deberás tributar por ella en la declaración de la renta.
  • Cancelación de hipoteca: Si la vivienda tiene una carga pendiente, los gastos de cancelación registral corren de tu cuenta.
  • Certificado de Eficiencia Energética: Obligatorio para vender cualquier inmueble.
  • Honorarios Inmobiliarios: Si vendes a través de inmorota, sus honorarios son del 3% + IVA (con un mínimo de 3.500 €).

Si deseas mas información puedes contactar por teléfono 604 73 74 11 – 694 90 52 67

Correo inmorota2026@gmail.com o por nuestro formulario.

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